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Las libretas sanitarias que comercios y empleados deben obtener obligatoriamente

Existen cinco tipos de libretas sanitarias – A, B, C, D y E- que desde choferes de taxis y hasta empleados de restaurantes  deben tramitar de forma obligatoria para cada una de sus actividades. En un caso en particular, deben asistir a un curso y rendir examen.

  • 28/12/2012 • 00:00
Curso dictado en el Teatro Municipal para manipulación de alimentos.
Curso dictado en el Teatro Municipal para manipulación de alimentos.

Desde taxistas hasta empleados de locales nocturnos deben contar con la libreta sanitaria, y aunque en cada caso los requisitos para renovarla son diferentes, la obligatoriedad rige para todos.  
La Dirección de Salud Pública municipal se encarga de emitir las cinco diferentes  clases de libretas, que se dividen en A, B, C, D y E.

Características
La libreta A la deben gestionar los choferes de los transportes públicos, escolares, taxistas y remiseros. Tiene una vigencia de un año y para obtenerla, además de los trámites administrativos (arancel 69 pesos, fotocopia DNI, fotos 4x4 y DNI original) deben someterse a un examen físico y de sangre, el cual se efectúa en la misma Municipalidad.

Alimentos  
La libreta B, netamente se refiere a empleados y propietarios de  locales en los cuales se manipulan alimentos. Alcanza a supermercados, pero también a servicios de catering, restaurantes, rotiserías e incluso kioscos y despensas.
Un requisito fundamental, según el Código Alimentario Argentino, es la obligatoriedad de asistencia al curso teórico de manipulación de alimentos y la aprobación del examen. En la comuna, el taller se dicta una vez al mes. Se renueva cada seis meses pero solamente con el pago de un arancel.

Nocturno
Las libretas C, D y E apuntan básicamente a los locales nocturnos.
La C, específicamente  a los encargados de boliches  pubs, pero también a los comercios en los que se realizan tatuajes.
Se renueva cada tres meses y deben someterse a un examen físico y análisis de sangre.
La libreta D implica a las “alternadoras” o “coperas” que trabajan en bares y whiskerías -segunda ordenanza aún vigente- las que mensualmente tienen que realizarse un análisis clínico con un ginecólogo, y también de sangre para detectar posibles ETS.
La libreta E es similar, sólo que alcanza a las mujeres extranjeras que cuenten con el permiso de migraciones para poder trabajar.

Controles
Los controles respectivos están a cargo de los inspectores de Bromatología -que depende de Salud Pública-  en el caso de las libretas B; y de los inspectores de Comercio -que depende de la Secretaría de Gobierno-  en el caso de las libretas A, C y D.
Los trámites pueden realizarse durante todo el año.