Política

Exclusivo: qué dice la versión taquigráfica que acompaña la apelación del Gobierno

El escrito presentado por el equipo de letrados de la Fiscalía de Estado encierra no sólo una cronología basada en la versión taquigráfica de los hechos, sino además imágenes y filmaciones de la polémica sesión. Empero el fondo del asunto es incluso la legalidad de lo actuado por Marinkovic ¿Se discute la legitimidad de las leyes o el reglamento interno de la Legislatura?

  • 01/07/2016 • 08:30

Esta semana el Gobierno provincial apeló la medida de no innovar con la que el juez de Primera Instancia, Francisco Marinkovic frenó las leyes de habilitación de toma de crédito por hasta $10 mil millones para la restructuración de la deuda y reordenamiento de las comunas, y el convenio con el Gobierno de Mauricio Macri para que se restituya el 15% de la coparticipación federal de impuestos.

En cumplimiento del pedido que hizo el magistrado, luego de habilitar la acción de amparo y tras trabar las normas que el 24 de junio salieron publicadas en el Boletín Oficial, el Poder Legislativo hizo remitir copia certificada de la versión taquigráfica de la sesión del 23 de junio, junto con tres DVD, uno conteniendo fotografías tomadas en el interior del edificio, y dos con las filmaciones de la sesión.

Pero también se adjuntó, como prueba instrumental, ocho fotografías tomadas en el exterior de la Cámara, un CD que contiene audio de las declaraciones efectuadas a una emisora, por el diputado Alberto Lozano, el mismo día de la sesión,  en donde se lo escucha advertir que “hay un cuarto intermedio que nos pone en una situación que nosotros vamos a seguir reunidos porque el temor nuestro es que ellos aprovechen cualquier circunstancia como para poder  hacer la sesión. Así que ahora nos vamos al Comité Provincia y ojalá que esto no siga”. Asimismo, se aportaron las copias certificadas de los dictámenes de comisión de la víspera.

 

De la versión taquigráfica

De esta manera, sostienen que “… al alejarse del recinto para ir al local partidario  evidencia a todas luces que su comportamiento fue el de no estar presente para la discusión parlamentaria respecto de un proyecto que ya contaba con los votos suficientes para obtener su aprobación”.

Así, “tenemos que el día 23/06/16 comenzó exactamente a la 10:53  la sesión en cuestión” dicen apoyados, rebatiendo a los diputados de Cambiemos, que habían dicho en su demanda que la misma inició “aproximadamente a las 11:00”.

En este punto  advierten que “no sólo los sectores gremiales convocaron a manifestantes a concurrir a la Legislatura”, sino que también lo hicieron “los sectores políticos a los cuales pertenecen” los diputados amparistas.

De hecho, “basta escuchar los reportajes radiales efectuados a estos dirigentes donde expresaban a viva voz que el objetivo de manifestarse frente a la Cámara de Diputados era para impedir el tratamiento de la Ley de Endeudamiento”.

 

Diputados sin temor ante manifestantes

En las imágenes que acompañó el oficialismo, “se observa a varios diputados con los manifestantes en un contexto que en modo alguno puede calificarse  como generador de un peligro para su integridad física”.

En algunas fotografías se ve “que ninguno de los diputados  parecen atemorizados a pesar de verse rodeados por manifestantes que momentos antes se encontraban generando daños y  disturbios en la calle”.

Acto seguido el Presidente de la Cámara “ordenó que por Secretaría se diera lectura a los dictámenes de Comisión que toman estado parlamentario. Es importante destacar que  ambas leyes contaban con dictamen favorable de la Comisión de Hacienda y Presupuesto  y en uno de ellos se advierte, incluso,  la  firma del diputado Terraz, de la oposición” dejan en claro, frente a lo que posteriormente resultaría una gran incógnita, relativa a por qué estos diputados tomaron ruta hacia Caleta Olivia previo a que se fuera a un cuarto intermedio.

Ayer, el intendente de la ciudad del Gorosito, Facundo Prades, hizo declaraciones en las que advirtió que el endeudamiento era “oxígeno” para los municipios, y ratificó que los diputados Bucci y Terraz “no son parte de la acción judicial” que trabó la norma.

 

De si fue o no un cuarto intermedio

En la versión taquigráfica aportada, el Vicegobernador solicita pasar a un cuarto intermedio “a las 11:13” y seguidamente destacan que, entre las atribuciones que éste tiene está el “artículo 39°: Llamado a sesión: Llamar a los diputados al recinto y abrir las sesiones desde su asiento”.

Al reanudar el cuarto intermedio “sonó el timbre dos veces.  El timbre se escucha en casi todas las oficinas. Esto surge con claridad del diario de sesiones” dicen luego, respecto del llamado al que los diputados de Cambiemos no acudieron.

En este aspecto “conforme se acredita con la copia taquigráfica y también con los videos que se agregan a la causa, que no existió ninguna moción de levantamiento de la sesión de ninguno de los diputados presentes”.

Siguiendo con las atribuciones “exclusivas del Presidente”, el  artículo 123 establece que el mismo  “puede invitar a la Cámara a pasar a cuarto intermedio”.

Es que, según plantea la oposición, no se habría ido formalmente a un cuarto intermedio, básicamente porque no se votó.

Empero, el cuarto intermedio “fue requerido a viva voz por el Presidente de la Cámara, invitación esta que no fuera rechazada por ninguno de los diputados, asintiéndose la misma”.

Asimismo, aclaran que “ninguno de los artículos del Reglamento Interno figura que se fije un tiempo determinado de duración del cuarto intermedio, pero lo que sí estipula el mismo es que el mismo fenece a las 24 horas del día de la sesión.  Esto torna improcedente la absurda queja de los amparistas en tal sentido”.

 

“Jamás se tendrían que haber ausentado”

Conforme a lo expuesto,  “los diputados  jamás se tendrían que haber ausentado del edificio, ya que hasta las 24:00 horas de ese día el Presidente de la Cámara podría haber reanudado la sesión”.

La apelación advierte que González “jamás dio la orden de evacuar  la Cámara”  y que los legisladores que se ausentaron del edificio “no solicitaron el respectivo permiso que indica el Reglamento en su artículo 22”.

En tal sentido, “los amparistas argumentan frente a su ausencia injustificada que ellos fueron desalojados del edificio”, diciendo que “… se presenta personal  policial y de bomberos en cada una de las oficinas indicándonos que se debía evacuar el edificio, que corría riesgo nuestra integridad física, la que no podían garantizar, y que corría riesgo el edificio por combustión…” Agregando que: “…resultaba para nosotros evidente que no se reanudaría la sesión interrumpida de facto al no existir garantías de seguridad.”

 

Uno de los más violentos, con Blassiotto

Esto resulta “paradójico” según define el Gobierno, ya que de las pruebas fotográficas que acompaña el Poder Legislativo, “surge que uno de los activistas más violentos, que se encontraba encapuchado, destruyendo el edificio de la Cámara de Diputados, aparece en otra fotografía,  abrazado al diputado Blassiotto, por lo que podemos concluir que no corría riesgo su integridad física, tal como señala en el escrito de amparo”.

 

Quórum con 14

Al reanudarse la sesión, el Presidente de la Cámara “señala que se levante el cuarto intermedio, manifestando que se encuentran presentes 14 señores diputados (un diputado más del requerido por Reglamento para el quórum)” cuenta luego, adjuntando el video en el que se ve cómo sesionó el FPV. “No había humo, los micrófonos funcionaban, había luz, se encontraban además de los diputados presentes que daban el quórum, periodistas, personal de la Cámara y la barra, se ve claramente a todos los diputados presentes, se ve que entra y sale gente con total normalidad”.

En tanto que destaca el escrito que “la destrucción más importante del edificio se produce con posterioridad a la finalización de la sesión, una vez que los hoy amparistas informaron a los manifestantes que se encontraban en el exterior que las leyes habían sido aprobadas”, acusan.

La apelación incluye argumentos relativos a si es o no procedente la acción de amparo para frenar una ley sancionada por la Legislatura, sobre todo “cuando la intervención judicial comprometiera directa o indirectamente la regularidad, continuidad y eficacia de la prestación de un servicio público o el desenvolvimiento de actividades esenciales del Estado”, en este caso por no permitirse el avance de las gestiones de toma de crédito.