Política

Buscan revertir la desidia en el Centro para menores en conflicto con la ley

No es un lugar de castigo, sino que allí se supone, tienen una nueva chance más de una docena de chicos en conflicto con la justicia penal. Sin embargo, la reinserción social es tarea pendiente por falencias estructurales. Hay chicos desde los 14 años pero ¿qué dice la Ley del Menor?

  • 09/02/2016 • 08:50
El Centro Juvenil Socio Educativo es único en Santa Cruz (foto de archivo)
El Centro Juvenil Socio Educativo es único en Santa Cruz (foto de archivo)

Los hechos de la semana pasada hicieron trascender una decisión del Gobierno que llegó para revertir las facultades del personal policial en el Centro Juvenil  Socio Educativo, antes llamado Centro de Rehabilitación del Menor.

Los hechos que terminaron con el desborde de los jóvenes y una intervención de los uniformados “excesiva”, según un comunicado del Ministerio de Desarrollo, vienen de la mano de irregularidades que, según dijeron ayer fuentes del lugar a TiempoSur, se profundizaron durante la gestión de la actual diputada Gabriela Peralta.

En el centro había hasta entonces 12 chicos alojados, de los cuales dos se fugaron la semana pasada. Las problemáticas que atraviesan  son diversas y en todos los casos un juez ordenó su alojamiento.

Por ejemplo, a fines del año pasado, hubo cierto disgusto en el ámbito judicial local, luego de que el juez Mario Albarrán de Caleta Olivia, decidiera ordenar la detención de un jovencito que tenía un severo problema de adicción a las drogas y sendas causas en la ciudad del Gorosito.

La polémica se suscitó porque, según entienden desde la Defensoría, 14 años es una edad demasiado temprana como para una internación de este tipo.

Otrora, el Centro Juvenil dependía de la Policía de Santa Cruz y hace unos cuatro años comenzó el traspaso a la esfera del Ministerio de Desarrollo de la Provincia. Sin embargo, durante este tipo las reglas no habrían sido del todo claras, para establecer los límites de acción del personal de seguridad y de la cartera social.

De hecho, muchas veces se habló de la falta de un protocolo y de las desautorizaciones constantes entre el personal y los jóvenes

Es que se supone que el personal policial ahora sólo cumplía con garantizar la seguridad, al tiempo que las Operadoras de Familia que se sabe, en muchos casos tienen una situación laboral precaria, debían establecer los vínculos con los chicos, generar confianza, orden y ser un nexo con el Ministerio para cubrir sus demandas.

Las Operadoras, por su parte, acusaban falta de capacitación, situaciones personales de vulnerabilidad social e incluso en algunos casos, se daba una relación de iguales con los jóvenes.

Con el cambio de Gobierno todo quedó expuesto. Falta de presupuesto, largos días sin agua, comida que no cubría las necesidades nutricionales de los chicos y hasta en algunos casos, trascendió que se habría ingresado alcohol.

Cuando el viernes de la semana anterior el centro fue escenario de una fuerte revuelta, las nuevas autoridades del Ministerio de Desarrollo Social informaron que no sólo se tomaba la decisión de “separar a los efectivos que se encontraban en el lugar por exceso de autoridad y acciones de carácter violentas” sino además, que se daba inicio a “un proceso de reorganización” del Centro Juvenil, que incluirá la “elaboración un plan de capacitación” para los trabajadores del lugar.

Cuando el Gobierno se hace cargo del ex Instituto del Menor, lo hace formalizando un convenio entre el gobernador Daniel Peralta y la doctora Alicia Mercau por el Poder Judicial. Elsa Capuchinelli era por entonces la Ministra de Desarrollo y entre los anuncios realizados, se estableció la pronta elaboración de un convenio marco con el Ministerio de Salud, para garantizar el cumplimiento de las leyes de Salud Mental, necesaria en cuanto atañe a las problemáticas de adicciones y, claramente a la de Protección del Niño, el Adolescente y la Familia.

Ya en esa época (2012) se firmó además un convenio con la Universidad Nacional de la Patagonia Austral (UNPA), para hacer las prácticas profesionales del personal, bajo la premisa de que el equipo técnico estuviera conformado por trabajadores sociales.

La Ley 22.278 es la que establece el régimen penal aplicable a los menores incursos en delitos. La misma sostiene que no es punible el menor que no haya cumplido 16 años de edad y tampoco el que no haya cumplido los 18, en lo que hace a los delitos de acción privada o reprimidos con pena privativa de la libertad.

Aclarado esto, un juez sí puede imputar a un chico de 16 años disponiendo provisionalmente y, en caso de ser necesario, de alojarlo “en lugar adecuado para su mejor estudio” durante el tiempo que sea necesario.

La custodia del menor es obligación del juez, que es quien debe procurar su protección integral, tomando siempre medidas en su beneficio.

Se puede decir que pese a los denominados “cambios de paradigma” que se esbozaron en la dialéctica política del Gobierno anterior y a juzgar por el hecho de que las nuevas autoridades reconozcan que hace falta mayor presencia en el Centro Juvenil, la cuestión tutelar siguió atravesada por la perspectiva del cumplimiento de una condena, y no como un espacio que garantice la reinserción.